BIZKAIKO FORU ALDUNDIA - DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
LA DIPUTACIÓN DE BIZKAIA DESTINA 9 MILLONES DE EUROS A LOS NUEVOS DECRETOS DE EMPLEO Y FORMACIÓN
El Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado cuatro Decretos, dos de los cuales dirigidos a la contratación de personas, regulan la convocatoria de las ayudas contenidas en las Iniciativas I y II del Decreto publicado el 28 de mayo de concesión de subvenciones en materia de empleo. Los otros dos Decretos, dirigidos a las empresas establecen, uno las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de creación, consolidación y continuidad de empresas, y el otro regula las bases y la convocatoria del Programa “Acciones de apoyo al empleo mediante la Formación”.
Para este fin, el departamento de Empleo y Formación de la institución foral vizcaina destinará 9 millones de euros de los que casi 5 millones de euros son para los nuevos decretos de empleo y 4 millones de euros, para formación.
Una de las diferencias sustanciales con respecto a 2008 es que las ayudas, este año, están dirigidas exclusivamente a apoyar la contratación laboral de colectivos con especiales dificultades de inserción. En concreto, a personas jóvenes de edad igual o inferior a 25 años y personas con edad igual o superior a 45 años. Con respecto a las ayudas económicas, se incrementan las cuantías máximas. Así, en la contratación indefinida puede alcanzar los 12.000 euros por contrato, una cifra que dependerá del salario bruto de la persona trabajadora.Estructurado en iniciativas
El Decreto de concesión de subvenciones en materia de empleo dirigido a la contratación de personas, se estructura en dos iniciativas:
- Iniciativa I: para la estabilidad en el empleo. Está dirigido a las personas que, en función de la edad, tienen más difícil el acceso al mercado laboral. Las ayudas quedan establecidas en función de la edad y la tipología de contrato y serán las siguientes:
- Contratos temporales de una duración mínima de 6 meses y máxima de 18 meses formalizados con personas jóvenes de edad igual o menor de 25 años. Subvención máxima por contrato 3.000 euros.
- Contratos indefinidos formalizados con personas jóvenes de edad igual o menor de 25 años y con personas de edad igual o mayor de 45 años. Subvención máxima por contrato 12.000 euros.
- Conversiones de contratos temporales en indefinidos, formalizados con personas jóvenes de edad igual o menor de 25 años. Subvención máxima por contrato 4.000 euros.
- Iniciativa II: Se dirige a las personas discapacitadas y en situación de exclusión social y tiene como objeto fomentar la inserción en el mercado de trabajo ordinario de personas con discapacidad o personas en situación de exclusión social. Se subvencionarán aquellos proyectos que tenga por objeto la inserción laboral por cuenta ajena de los colectivos mencionados.
Decretos dirigidos a las Empresas
Este Decreto, que establece las bases y convocatorias reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de creación, consolidación y continuidad de empresas, está dividido en tres iniciativas:- Iniciativa I: de creación de empresas con el apoyo a la puesta en marcha de negocios empresariales con ayudas para la realización de análisis y viabilidad del proyecto empresarial y la posterior puesta en marcha y lanzamiento de la empresa.
- Iniciativa II: de consolidación de empresas. Se apoyará la ampliación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas y va dirigida a empresas vizcainas con un mínimo de dos años de antigüedad y una plantilla que no exceda de 35 personas.
- Iniciativa III: de continuidad. Se quiere asegurar la pervivencia de las empresas familiares de Bizkaia con una antigüedad mínima de 20 años y con una plantilla mínima de 5 y máxima de 35 de personas trabajadoras.
Formación para la inserción
En relación al Decreto de acciones de apoyo al empleo mediante la formación, el mismo subvenciona la impartición de acciones formativas a personas desempleadas que pueden complementarse con la realización de prácticas laborales y va dirigida a Municipios y entes locales, sociedades mercantiles no participadas e instituciones sin fines de lucro.
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